Plazo para presentar la declaración de IRPF 2016
El día 5 de abril se abre el plazo para presentar la declaración de la renta por internet, mientras que para hacerlo presencialmente el plazo comienza el 11 de mayo. El periodo de presentación durará desde entonces hasta el día 30 de junio con carácter general, o hasta el 26 de junio para quienes el resultado de la declaración ‘salga a ingresar’ y quieran fraccionar y domiciliar el pago. Consulta el calendario de la campaña de la declaración de la renta 2016
Declaración de la renta en las oficinas y atención telefónica
A pesar de los cambios en la tramitación de la renta por internet, presencialmente todo sigue igual. Podrás acudir con cita previa a las oficinas de la Agencia Tributaria para hacer y presentar tu declaración. Tras solicitar la cita, deberás acudir el día indicado a la oficina que hayas seleccionado, con el documento de identidad y el resto de documentación necesaria para realizar la presentación.
La cita previa se puede pedir a partir del 4 de mayo y hasta el 29 de junio. Puedes pedirla de dos formas:
- Por internet
- Llamando al teléfono 901 22 33 44 o 91 553 00 71 de lunes a viernes, de 9 a 19 horas. Recuerda que hasta el 4 de mayo no comienza a estar disponible el servicio de cita previa
- Por internet
- Llamando al teléfono 901 22 33 44 o 91 553 00 71 de lunes a viernes, de 9 a 19 horas. Recuerda que hasta el 4 de mayo no comienza a estar disponible el servicio de cita previa
Presentar la renta por internet: Renta Web sustituye al programa padre
Este año no será posible presentar la declaración a través del Programa Padre, ya que éste es sustituido por Renta Web, un sistema más sencillo y al que se puede acceder desde cualquier dispositivo.
Se puede acceder a Renta web de tres formas:
- Con certificado digital o DNI electrónico.
- A través de la Cl@ve PIN (para solicitar este PIN o contraseña de carácter temporal debes estar previamente registrado en el Sistema Cl@ve)
- Con el número de referencia obtenido a través del Sistema REN0, con tu DNI y la declaración de la renta del año anterior.
- Con certificado digital o DNI electrónico.
- A través de la Cl@ve PIN (para solicitar este PIN o contraseña de carácter temporal debes estar previamente registrado en el Sistema Cl@ve)
- Con el número de referencia obtenido a través del Sistema REN0, con tu DNI y la declaración de la renta del año anterior.
Borrador de la Renta de 2016
El borrador de la declaración de la renta es una propuesta con los datos fiscales de los que dispone la Agencia Tributaria, sin embargo, corresponde a quien presenta la declaración comprobar que los datos son correctos y que están completos, o si no, modificar o incorporar los nuevos datos.
A quienes confirmaron su borrador en 2015, y no han presentado la renta de 2016 ni han accedido al programa Renta Web, les será enviado el borrador por correo postal, a partir de mayo.
Si no, puedes solicitarlo a través de Renta Web del 5 de abril al 30 de junio, con certificado digital, DNI electrónico, cl@ve PIN o referencia.
Si tienes que modificar el borrador, puedes hacerlo mediante el servicio Renta Web o pidiendo cita y acudiendo a una oficina. También podrás modificarlo llamando por teléfono al 901 200 345 o al 91 535 68 13 siempre que se trate de Rendimientos del trabajo, capital mobiliario, imputación de rentas inmobiliarias, régimen de atribución de rentas (capital mobiliario e inmobiliario), ganancias y pérdidas patrimoniales en caso de participaciones en instituciones de inversión colectiva con retención no derivadas de transmisiones.
A quienes confirmaron su borrador en 2015, y no han presentado la renta de 2016 ni han accedido al programa Renta Web, les será enviado el borrador por correo postal, a partir de mayo.
Si no, puedes solicitarlo a través de Renta Web del 5 de abril al 30 de junio, con certificado digital, DNI electrónico, cl@ve PIN o referencia.
Si tienes que modificar el borrador, puedes hacerlo mediante el servicio Renta Web o pidiendo cita y acudiendo a una oficina. También podrás modificarlo llamando por teléfono al 901 200 345 o al 91 535 68 13 siempre que se trate de Rendimientos del trabajo, capital mobiliario, imputación de rentas inmobiliarias, régimen de atribución de rentas (capital mobiliario e inmobiliario), ganancias y pérdidas patrimoniales en caso de participaciones en instituciones de inversión colectiva con retención no derivadas de transmisiones.
Si eres afiliado/a a CSIF, no olvides que consignar la cuota sindical desgrava.
Cómo presentar el borrador de IRPF
Si ya has revisado los datos, es hora de confirmar o presentar tu borrador. Puedes hacerlo por internet, por teléfono o en las oficinas con cita previa.
Si el resultado sale ‘a ingresar’, podrás domiciliar el pago o realizarlo en una entidad bancaria, por banca electrónica o en cajeros y, en su caso, confirmarlo con el número de referencia completo (NRC) que te faciliten al realizar el pago (a elegir entre pago fraccionado o pago único). Si ya has presentado tu declaración y te sale ‘a devolver’ podrás consultar en qué estado se encuentra el proceso de devolución a través del portal de la Renta 2016 en la página web de la Agencia Tributaria.
Si el resultado sale ‘a ingresar’, podrás domiciliar el pago o realizarlo en una entidad bancaria, por banca electrónica o en cajeros y, en su caso, confirmarlo con el número de referencia completo (NRC) que te faciliten al realizar el pago (a elegir entre pago fraccionado o pago único). Si ya has presentado tu declaración y te sale ‘a devolver’ podrás consultar en qué estado se encuentra el proceso de devolución a través del portal de la Renta 2016 en la página web de la Agencia Tributaria.
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