martes, 11 de septiembre de 2018

La odisea de entrar en el mercado laboral para los jóvenes: casi 8 años para tener un contrato indefinido

  • Fuente El Economista.es/Inés Calderón
  • El tiempo para obtener el primer empleo fijo ha aumentado un 65%
  • La mitad de menores de 30 años ha estado más de 3 años en el paro
Imagen de Istock.
  • Los primeros años de la vida laboral se han vuelto más complicados tras la crisis. Sucesión de contratos de corta y muy corta duración, temporalidad, episodios de desempleo y bajos salarios caracterizan la situación de quienes han entrado en el mercado laboral en los últimos tiempos. Aunque las condiciones son más duras para los jóvenes actuales, para los que no tienen formación, incorporarse al mercado laboral es una auténtica odisea.
    En primer lugar, por la temporalidad. Los jóvenes de entre 16 y 29 años sufren una tasa de temporalidad del 56%, lo que significa que más de la mitad de los que tienen un empleo, es temporal. Según la Encuesta de Población Activa, sus datos duplican a la media de los trabajadores españoles, aunque se reduce paulatinamente a medida que pasan los años. Para el tramo entre los 16 y los 19 años, la tasa de temporalidad es del 85%, mientras que para el siguiente tramo (20-24 años) es del 69% y para los que tienen entre 25 y 29 años, baja al 47%. Aún así, las cifras son mucho más altas que para el resto de tramos de edad.
    En segundo lugar, por que la duración media de los contratos cada vez es más baja debido a la multiplicación de los contratos muy breves y esto se traduce, según un estudio de Florentino Felgueroso, Ignacio García Pérez y Marcel Jansen publicado por Funcas, en una mayor "frecuencia de los episodios de empleo y paro". Una muestra de ello es el récord de 21,5 millones de contratos firmados en el año 2017, a pesar de que en el pasado ejercicio la ocupación aún estaba más de un millón de personas por debajo de la de antes de la crisis.

             Ocho contratos y 93 meses para alcanzar el                 primer empleo fijo

    Y si hay a algún colectivo al que esta situación esté afectando especialmente, ése es el de los jóvenes. De acuerdo con el estudio, conseguir el primer contrato indefinido cuesta a los jóvenes tener 9 contratos previos y esperar más de 94,3 meses (casi 8 años). Estas cifras, correspondientes a los datos entre 2008 y 2016 contrastan con los del periodo 2001-2007, cuando suponía 56,9 meses de media (4,7 años). Es decir, tras la crisis, ele tiempo para firmar el primer contrato indefinido ha aumentado un 65%.

    Contratos temporales y paro

    En este mismo sentido, la Encuesta de Población Activa indica que de los 1,38 millones de jóvenes (entre 16 y 29 años) que tenían un contrato temporal en el segundo trimestre del año, casi un 40% tenía una duración de entre uno y once meses. De ahí que lo normal sea encadenar varios contratos temporales hasta alcanzar el primer indefinido en los primeros años de la vida laboral.
    Además, otro estudio, en este caso de María Arrazola, Sofía Galán y José de Hevia, apunta que no sólo es muy costoso para los jóvenes conseguir un contrato indefinido, sino que también son habituales los episodios de desempleo en los primeros años de la vida laboral. Tras analizar una muestra de más de 465.000 personas, sólo encontraron que no sufrieron ni un solo día de paro antes de los 30 años el 3,9% de los que tenían menos formación y el 7,8% de los más formados. En el lado contrario, el 45% de los menos formados y el 20,7% de los que tienen mayor formación estuvieron 36 meses (3 años) o más desempleados antes de cumplir los 30 años.
    Pero los primeros años de la vida laboral no sólo son difíciles por la temporalidad o la entrada y salida del mercado laboral, sino también por los salarios. Los jóvenes tienen los salarios más bajos y, además, son los que más lejos están de los niveles previos a la crisis. En el caso de los que tienen entre 20 y 24 años, el sueldo medio de 2017, según el INE, es de 11.316 euros, un 15% menos que antes de la crisis. Entre los 25 y 29 años, la media es de 15.876 euros, un 10% menos que en 2010. El sueldo medio, 23.156 euros al año, es un 1,6% mayor que en el ejercicio 2010.
  • Las cifras cambian en función de la formación, aunque en todos los casos ha aumentado respecto a los niveles precrisis. Los jóvenes más formados necesitan 62 meses para alcanzar su primer contrato indefinido, mientras que para los que tienen una formación más básica, acceder a un contrato fijo les cuesta más de 100 meses, es decir, ocho años y medio.

Cobrar una incapacidad total no impide percibir la jubilación

Fuente El Economista.es/ Patricia del Águila Barbero

El Tribunal Supremo (TS) ha establecido la compatibilidad de la pensión de jubilación con otra por incapacidad permanente total (IPT) recibida de otro estado miembro de la Unión Europea.
La sentencia avala la recepción de ambas al tratarse de pensiones de la misma naturaleza pero compatibles porque la legislación española carece de norma específica que disponga lo contrario, condición impuesta por el Reglamento UE 883/2004. El TS cambia así de criterio tras su consulta al Tribunal de justicia de la Unión Europea.
La sentencia, de 29 de junio de 2018, cuyo ponente es el magistrado Sempere Navarro, explica que "el desconocimiento del régimen de esa pensión de jubilación francesa no permite parificar esta prestación a una pensión de jubilación causada conforme a la legislación española, resultando diferente que el mismo sistema abone dos prestaciones a que lo hagan dos distintos sistemas de Seguridad Social y que cada uno de ellos atienda solo a las cotizaciones realizadas en el seno del mismo".
Y continúa exponiendo que "por esta razón procede corregir el criterio sostenido hasta ahora que establecía, en los supuestos de pensión de jubilación abonada por la Seguridad Social de otro Estado compatible con la pensión de IPTC, la desaparición de la finalidad perseguida por el artículo 139.2 de la Ley General de la Seguridad Social consistente en intentar cubrir con el mencionado complemento el posible vacío de recursos económicos, al suplirse con aquella la falta de rentas procedentes del trabajo".
Por otro lado, plasma el fallo que el artículo 53.3 del Reglamento UE 883/2004, sobre Coordinación de los Sistemas de Seguridad Social, regula la compatibilidad entre pensiones de la misma naturaleza, como son ocurre con las de incapacidad permanente y jubilación, y establece que a esos fines "solo es posible tener en cuenta las prestaciones adquiridas en otro Estado miembro cuando la legislación nacional establezca que se tengan en cuenta las prestaciones o los ingresos adquiridos en el extranjero".
En el caso analizado, la prestación reconocida en Francia no puede condicionar el derecho del demandante al aumento de pensión pretendido, ya que la legislación española de Seguridad Social "no contiene una previsión específica que permita tener en cuenta aquella para impedir esta, y tal carencia normativa cierra la posibilidad a la interpretación sustentada por el INSS". Sólo será posible "cuando la legislación que aplique establezca que se tengan en cuenta las prestaciones o los ingresos adquiridos en el extranjero", subraya el TS.

El dictamen europeo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró en su consulta que es compatible el complemento del 20 por ciento al estar destinado a proteger a una categoría específica de personas particularmente vulnerables, es decir, los trabajadores de entre 55 y 65 años en situación de incapacidad permanente total y para quienes resulta difícil encontrar empleo en una profesión diferente de la que ejercían.
"Este complemento y la pensión de incapacidad permanente total presentan características análogas a las de las prestaciones de vejez, en la medida en que tienen por objeto garantizar medios de subsistencia a estos trabajadores durante el periodo comprendido entre la declaración de la situación de invalidez permanente total y la edad de jubilación", entiendió el TJUE.

Qué hacer para prevenir las contracturas en la oficina

Fuente El Mundo/por UE Studio


Siéntate bien

La pantalla del ordenador debe estar situada enfrente de ti, de manera que no debas girar la cabeza para mirarla. Debe encontrarse a unos 55 cm de tus ojos.
El teclado debe estar a una distancia de uno 10 cm del borde de la mesa para que puedas apoyar las muñecas mientras escribes de forma cómoda.
Ajusta la altura del asiento para que al apoyar las manos en el teclado, brazo y antebrazo formen un ángulo recto.
Regula la altura del respaldo de tu silla y ajústalo de manera que la prominencia del respaldo quede a la altura de la zona lumbar.

Cada 30 minutos, levántate de la silla y date un pequeño paseo para activar la circulación de las piernas.
Inclina la cabeza hacia un lado durante 10 segundos. Luego, haciendo un semicírculo hacia delante gírala hacia el otro.
Levanta los brazos y entrelaza los de dos de las manos con las palmas hacia afuera. Tira hacia arriba todo lo que puedas y aguanta en esa posición durante 10 segundos.
Deja los brazos caer a ambos lado del cuerpo. Gira los hombros hacia delante y hacia atrás. Repite 10 veces en cada sentido.

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Ya hay adelanto de la fecha del examen MIR 2019

Fuente Redacción Médica/Marcos Dominguez

La fecha se ha acordado este miércoles en la Comisión Delegada de Recursos Humanos


                Imagen de un momento previo al inicio del examen MIR 2018

Este miércoles se ha celebrado la Comisión Delegada de Recursos Humanos en la que se ha acordado la fecha del examen MIR 2019, y del resto de pruebas de la Formación Sanitaria Especializada: el 2 de febrero. La incorporación de los residentes se produciría entre el 27 y 28 de mayo de 2019. Así lo han confirmado fuentes cercanas a Redacción Médica.

La prueba del próximo año se celebrará una semana antes que la de 2018, que tuvo lugar el 10 de febrero. Además, según publicó este periódico, el Ministerio de Sanidad prevé que el examen MIR 2019 tenga 1.000 candidatos más, alcanzando la cifra de 15.450 aspirantes que optarán a 8.302 plazas, según han acordado  Sanidad y las comunidades autónomas.

Como cada año, las pruebas del examen EIR, FIR, PIR, QIR, BIR y RFIR, coincidirán en fecha y hora con la del examen MIR 2019, tal y como ha sucedido en años anteriores.   

Aumento presupuestario


Tal y como adelantó Redacción Médica, en materia económica, el Ministerio de Sanidad ha aumentado el presupuesto estimado inicial para la producción de las pruebas selectivas de Formación Sanitaria Especializada de 2019. En total, el presupuesto se ha incrementado en 8.806 euros, hasta alcanzar los 143.206 euros.
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