viernes, 21 de octubre de 2016

La Administración Digital

A partir del día 2 de octubre las empresas y personas jurídicas, tendrán que relacionarse electrónicamente, con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Todos los procedimientos administrativos se tramitarán electrónicamente con carácter general.
Así, se regula en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, que tenía una año para su aplicación, que termina el primer domingo de octubre, que extiende la obligación a notarios, registradores, gestores administrativos y otros profesionales que ejercen una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, cuando realicen trámites y actuaciones en ejercicio de su actividad profesional. Y, también, quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
La normativa incluye también a los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración. También, la normativa deja abierta la puerta para que mediante normas reglamentarias, la obligación se extienda a otros colectivos de personas físicas.
Esta normativa pretende mejorar la eficiencia administrativa con una Administración totalmente electrónica, con papel cero, e interconectada. Así, todas las Administraciones han tenido que transformar en formato electrónico los documentos que se presenten en papel por los interesados.
Se clarifica el régimen del silencio administrativo y se prevé la publicación obligatoria en el BOE de los anuncios derivados de notificaciones infructuosas, estableciendo la posibilidad de que las restantes Administraciones publiquen de manera facultativa en sus diarios oficiales u otros medios que estimen adecuados.
Sin embargo, el registro electrónico general no empezará a funcionar hasta 2017.
Se introduce el criterio de Common commencement dates: todas las normas que no sean de mero trámite interno entrarán en vigor obligatoriamente los días 2 de enero o 1 de julio de cada año, para ello, se establece un nuevo procedimiento de elaboración de normas que garantice a todos los ciudadanos y empresas su participación.
Para ello se realizará una consulta pública previa a la elaboración de cualquier propuesta normativa. Asimismo, todas las Administraciones contarán con un Plan Anual Normativo y elaborarán un informe anual en el que se evaluará la consecución de los objetivos perseguidos.

miércoles, 28 de septiembre de 2016

El Servicio Murciano de Salud aprueba su Oferta de Empleo Público con 1.250 plazas

L.O. La Opinión de Murcia

Enlace a la web de la Oferta de Empleo Público del Servicio Murciano de Salud

La consejera de Sanidad, Encarna Guillén, afirmó que "es una de las ofertas de empleo público más importantes a nivel nacional" 

El Servicio Murciano de Salud ha aprobado su Oferta de Empleo Público con 1.250 plazas. La consejera de Sanidad, Encarna Guillén, afirmó que "es una de las ofertas de empleo público más importantes a nivel nacional"

Enfermería es la categoría con mayor número de plazas, 286, seguida de auxiliar de enfermería con 155, auxiliar administrativo con 135 y celadores con 100


El Servicio Murciano de Salud (SMS), dependiente de la Consejería de Sanidad, aprueba su Oferta de Empleo Público con un total de 1.250 plazas que serán cubiertas mediante el proceso de concurso-oposición. De ellas, 582 son de promoción interna y el resto, 668 corresponde al turno de libre acceso.
Enlace a la noticia completa de La Opinión de Murcia

Categoría: Facultativo Sanitario Especialista

  • Admisión y documentación 2
  • Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica 2
  • Anatomía Patológica 4
  • Anestesia 4
  • Aparato Digestivo 3
  • Cardiología 2
  • Cirugía General y Apar. Digestivo 2
  • Cirugía Oral y Maxilofacial 1
  • Cirugía Ortopédica y Traumatología 2
  • Cirugía Pediátrica 1
  • Dermatología 3
  • Endocrinología 1
  • Farmacia Hospitalaria y de Atención Primaria 2
  • Hematología 1
  • Medicina de Urgencias de AP 10
  • Medicina Intensiva 1
  • Medicina Interna 3
  • Medicina Nuclear 1
  • Medicina Preventiva y SP 2
  • Nefrología 1
  • Neumología 2
  • Neurocirugía 1
  • Neurofisiología Clínica 2
  • Neurología 2
  • Obstetricia y Ginecología 2
  • Oftalmología 2
  • Oncología Médica 1
  • Oncología Radioterápica 1
  • Otorrinolaringología 2
  • Pediatría 2
  • Pediatría de AP 4
  • Psicología Clínica 2
  • Psiquiatría 3
  • Radiodiagnóstico 6
  • Radiofarmacia 2
  • Radiofísica Hospitalaria 2
  • Rehabilitación 3
  • Reumatología 1
  • Urgencia Hospitalaria 3
  • Urología 2
  • Total 93

Categoría: Facultativo no Sanitario

  • Ingeniero Superior 1
  • Superior de Administradores 3
  • Total 4

Categoría: Diplomado Sanitario Especialista

  • Enfermería del Trabajo 1
  • Matrona 3
  • Salud Mental 2
  • Total 6

Categoría: Diplomado Sanitario no Especialista

  • Enfermería - Turno de acceso libre: 60 / Turno de discapacidad: 8
  • Fisioterapia 5
  • Nutrición Humana y Dietética 1
  • Terapia Ocupacional 1
  • Total 75

Categoría: Diplomado no Sanitario

  • Analista de Aplicaciones 1
  • Trabajo Social 1
  • Total 2

Categoría: Técnico Especialista Sanitario

  • Anatomía Patológica 3
  • Documentación Sanitaria 1
  • Higiene Dental 1
  • Laboratorio de Diagnóstico Clínico 12
  • Radiodiagnóstico 2
  • Radioterapia 2
  • Total 21

Categoría: Técnico Especialista no Sanitario

  • Informática 1

Categoría: Técnico Auxiliar Sanitario

  • Auxiliar Farmacia 5
  • Cuidados Auxiliares de Enfermería - Turno de acceso libre: 48 / Turno de discapacidad:4
  • Técnico de Emergencias Sanitarias/Conductor 5
  • Técnico de Emergencias Sanitarias/Teleoperador 1
  • Total 63

Categoría: Técnico Auxiliar no Sanitario

  • Auxiliar Administrativo - Turno de acceso libre: 34 / Turno de discapacidad: 6
  • Calefacción 1
  • Cocina 1
  • Electricidad 1
  • Fontanería 1
  • Mecánica 1
  • Telefonía 1
  • Total 46

Categoría: Personal de Servicios

  • Celador/Subalterno - Turno de acceso libre: 28 / Turno de discapacidad: 6
  • Total 34

lunes, 26 de septiembre de 2016

Queremos ayudarte con la preparación de tu oposición

Desde el CSIF queremos ayudarte con la preparación de la OPE de la Comunidad Valenciana, ofertándote el siguiente curso en formato online, con clases presenciales por videoconferencia, foros y chats, manuales actualizados para esta OPE y plataforma inteligente de aprendizaje. 
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Una sentencia considera un atentado la agresión a un médico fuera del hospital

  • Otra resolución pionera concede esta protección jurídica a un celador atacado en Alicante, un fallo que tiene sólo un precedente en Murcia.

  • A. CHECA |  VALENCIA. las provincias

  • La protección de la figura de los médicos y su trabajo en pos de la salud pública es algo que el legislador se tomó muy en serio desde hace seis años. Fue entonces cuando los médicos y enfermeros fueron considerados por la ley como autoridades, lo que elevó hasta cuatro años la pena de prisión que podía recaer, por un delito de atentado a agente de la autoridad (confirmado en julio de 2015 por el Código Penal), a quien agrediera, amenazara o coartara el trabajo de estos profesionales. Pero como parte del trabajo de los jueces y los tribunales de justicia es interpretar la aplicación de la ley, cada cierto tiempo llegan nuevas resoluciones que refuerzan aún más si cabe la protección sobre estos profesionales.
    Agredir a un médico, incluso fuera del ámbito en el que realiza su labor (hospital, centro de salud...), cuando el acusado conoce cuál es la labor que realiza la víctima, se pena como un atentado. Esa es la decisión judicial, pionera en España, que ha tomado el juzgado de lo penal número 10 de Valencia.

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Las mil interpretaciones del fallo que puede cambiar el marco laboral


ISABEL MUNERA  eL MUNDO
Los partidos de la oposición y los sindicatos han aprovechado el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que exige que se equiparen las indemnizaciones por despido de trabajadores temporales e indefinidos en España, parareclamar una reforma del Estatuto de los Trabajadores que acabe con esta "diferencia de trato". La sentencia ha forzado así el debate sobre el marco laboral en nuestro país, un asunto del que se habló en campaña pero que había pasado a un segundo plano eclipsado por la incertidumbre política.
Desde UGT piden que se modifique "con carácter inmediato" el Estatuto de los Trabajadores, un clamor al que se ha sumado también CCOO, Podemos, el PSOE y Ciudadanos. El portavoz socialista de Empleo en el Congreso, Rafael Simancas, señaló ayer que esta sentencia "viene a confirmar lo que el PSOE lleva tiempo planteando, esto es, la necesidad de emprender un diálogo social para aprobar un nuevo Estatuto". Ahora bien, el socialista quiso matizar que el objetivo debe ser aproximar "gradualmente" la indemnización de los contratos temporales a la de los indefinidos y no rebajar la de estos últimos, ya que la sentencia dictamina queno hay "ninguna razón" para justificar la actual diferencia de trato, pero no dice nada respecto a la cuantía de la indemnización.
Un peligro que también advirtió Podemos, que exigió que se "igualen derechos por arriba entre trabajadores temporales indefinidos, al menos a 20 días por año trabajado".
Por su parte, desde CCOO, su secretario general, Ignacio Fernández Toxo, planteó ayer la urgencia de que se lleve a cabo una "reforma parcial" del Estatuto de los Trabajadores para adaptarlo a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que calificó de "muy importante", ya que plantea que "no puede haber discriminación entre un trabajador y otro".

Nuevas reglas laborales, ahora, para el despido colectivo

    • http://cincodias.com/autor/raquel_pascual_cortes/a/  CINCO DÍAS

  • El Supremo cumple la doctrina del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE)
  • El fallo modifica la definición de despido colectivo del Estatuto de los Trabajadores

  • La Sala del lo Social del Tribunal Supremo ha cambiado las reglas de lo que se considera despido colectivo. El pleno de esta sala ha aprobado, por unanimidad, considerar un despido colectivo aquel que supere el umbral legal establecido en un único centro de trabajo --si este tiene más de 20 trabajadores--, en lugar de tomar como referencia toda la plantilla de la empresa.
    En esta ocasión también el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) es protagonista, como en los recientes pronunciamientos sobre encadenamiento de contratos e indemnización de los interinos ya que el fallo del Supremo aplica la doctrina establecida por los jueces europeos.